ARTÍCULO VIGESIMO NOVENO: Corresponde especialmente al Presidente de la Corporación:
- Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación.
- Convocar y presidir las reuniones del Directorio y las Asambleas Generales de Socios.
- Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los Estatutos encomienden al Vicepresidente, Secretario, Tesorero y a otros miembros que el Directorio designe.
- Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general de actividades de la corporación.
- Firmar la documentación propia de su cargo y aquella en que deba representar a la Corporación.
- Autorizar las cuentas de gastos y firmar conjuntamente con el Tesorero, los cheques, giros de dinero, letras de cambio, balances y, en general, todos los documentos relacionados con el movimiento de fondos de la Corporación.
- Firmar en conjunto con el Secretario, las Actas de las Asambleas y de las sesiones del Directorio, la correspondencia y todo documento de la SOCHIFIT.
- Dar cuenta anualmente en la Asamblea General Ordinaria de socios en nombre del Directorio, de la actividades realizadas en el año y del estado financiero de la misma.
- Resolver cualquier asunto urgente que se presente y solicitar vía correo electrónico al vicepresidente y secretario, su ratificación.
- Velar por el cumplimiento de los Estatutos y acuerdos de la Corporación.
- Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO: El Vicepresidente debe colaborar permanentemente con el Presidente en todas las materias que a éste le son propias. En caso de enfermedad, permiso, ausencia o imposibilidad transitoria, el Presidente será subrogado por el Vicepresidente, el que tendrá en tal caso todos los deberes y las atribuciones que corresponden a aquél. En caso de fallecimiento, renuncia o imposibilidad definitiva del Presidente, el Vicepresidente ejercerá sus funciones hasta el terminó del respectivo período.